San José, Costa Rica
 


CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL UNIVERSIDAD FIDELITAS Y EL MOVIMIENTO SOLIDARISTA COSTARRICENSE (MSC) Y SUS AFILIADAS

Entre nosotros, Fundación Fidélitas, la cual se encuentra inscrita en Sección Personas y vigentes a los tomos: cero sesenta y nueve, ciento veintiséis y ciento treinta y tres, folios: doscientos ochenta y dos, doscientos cuarenta y uno y veintisiete y asientos: setecientos sesenta y cuatro, seiscientos treinta y siete y noventa y nueve, con cédula jurídica número: tres-cero cero seis-cero cincuenta y un mil doscientos veinte,  y que de ahora en adelante se denominará “LA UNIVERSIDAD”, representada por Miguel Marín Valenciano, con cédula de identidad 1-850-632, mayor, divorciado, vecino de Sabanilla, Administrador de Negocios, quien actúa en su condición de Gerente General y El Movimiento Solidarista Costarricense y sus afiliadas, con cédula jurídica tres-cero cero dos-cuarenta y cinco mil trescientos dieciséis, y que de ahora en adelante se denominará “MSC”, representado por Enrique Acosta Granados, con cédula de identidad 5-172-260 mayor, casado, Contador Público, vecino de Heredia, quien actúa en su condición de Presidente con facultades suficientes para este acto, hemos convenido en realizar el presente convenio de Cooperación Interinstitucional, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA

La Universidad ofrecerá sus respectivos servicios educativos a los empleados y afiliadas del MSC  en los niveles de Bachillerato, Licenciatura y Maestría aprobados y reconocidos por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP)

SEGUNDA

LA UNIVERSIDAD ofrecerá su programa de convalidación de materias a los empleados y afiliados  del MSC que hayan cursado y aprobado en otros centros académicos de educación superior siempre y cuando sean homólogas a las correspondientes del programa respectivo. Para tal efecto, cada empleado o afiliado deberá cumplir con los requisitos y procedimientos acordados por LA UNIVERSIDAD. Tales convalidaciones deben ajustarse a los lineamientos establecidos por LA UNIVERSIDAD y el CONESUP.

TERCERA

A los empleados y afiliados del MSC que no tengan estudios universitarios formales pero que acrediten experiencia en un área específica, la Universidad les ofrecerá la posibilidad de realizar exámenes por suficiencia para integrarles en los programas académicos correspondientes.

Para ello, el candidato debe previamente matricularse en LA UNIVERSIDAD y solicitar a la Dirección de Asuntos Académicos los temarios respectivos a cada prueba.

CUARTA
LA UNIVERSIDAD podrá facilitar al MSC y sus afiliadas sus instalaciones para realizar eventos académicos o empresariales siempre que los mismos no tengan como responsable a otra institución educativa. El uso de las instalaciones de la Universidad no tendrá costo alguno siempre que se soliciten con no menos de 15 días de anticipación y estará sujeto a la disponibilidad de horarios correspondientes.

QUINTA
En caso de que el MSC y sus afiliadas envié grupos mayores a 30 estudiantes para una misma carrera y nivel, LA UNIVERSIDAD estará en disponibilidad de ofrecer la exclusividad en el servicio para ese grupo, así como la facilidad en el horario de las lecciones que se considere más conveniente. Si en cualquier momento la matrícula disminuye a menos de 25 estudiantes los alumnos deberán integrarse a los cursos normales de LA UNIVERSIDAD.

SEXTA

LA UNIVERSIDAD otorgará a los empleados y afiliados del MSC que ingresen por primera vez a partir de la firma del presente convenio, un 30% de beca, aplicado únicamente al valor de las materias ordinarias de Bachillerato y Licenciatura de la oferta académica existente. Los demás conceptos no gozarán de beca. Asimismo la Universidad otorgará un 10% de beca, para el grado de Maestría en Administración de Negocios, Contaduría, Ingeniería en Sistemas  y Educación.

SÉPTIMA
La beca se mantendrá mientras que:


*  El estudiante sea de Primer Ingreso en la Universidad o goce actualmente de dicho descuento.
*  Se conserve la condición de empleado o afiliado de esta Institución
*  Se cumpla con la reglamentación interna de LA UNIVERSIDAD respecto al aprovechamiento académico.
*  Que el pago a la Universidad sea en efectivo (moneda nacional, dólares o cheques emitidos a nombre la Universidad FIDELITAS), o cuando el mismo sea realizado con tarjeta de crédito o débito, el porcentaje de dicho beneficio; se verá disminuido en un 7%.

Además,
*  El beneficio también podrá ser utilizado por los familiares de los empleados y afiliados del MSC hasta un tercer grado de consanguinidad  (padres, hermanos, hijos, nietos, tíos, sobrinos, esposo (a)). Para el correspondiente trámite de matrícula en LA UNIVERSIDAD, el beneficiario deberá presentar una constancia cada cuatrimestre extendida por el MSC o sus afiliadas mediante la cual haga constar la condición de empleado o afiliado del MSC. De igual forma cuando el beneficiario es familiar del empleado o afiliado, además de la constancia de que el mismo funcionario labora con la institución, la cual debe presentar todos los cuatrimestres, el mismo deberá también, demostrar la relación entre el empleado o afiliado y el familiar, por medio de  una Constancia del Registro Civil cuando se aplique dicho beneficio por primera vez.

OCTAVA
Con el propósito de que los beneficios ofrecidos por LA UNIVERSIDAD sean conocidos por los empleados y afiliados del MSC, estos últimos se comprometen a divulgar el presente convenio por la vía que normalmente utiliza o en coordinación con el Departamento de Promoción de la Universidad Fidélitas, para comunicarse con sus empleados y afiliados el MSC incluirá, previo arreglo entre las partes, a

MIGUEL MARÍN VALENCIANO                                      ENRIQUE ACOSTA GRANADOS
                         Gerente                                                                             por     
         UNIVERSIDAD FIDELITAS            MOVIMIENTO SOLIDARISTA COSTARRICENSE

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